INFORME PERICIAL DE LA AYAHUASCA Resolución de la JUNTA INTERNACIONAL DE FISCALIZACIÓN DE ESTUPEFACIENTES: SOBRE LA AYAHUASCA
La mayoría de noticias aparecidas recientemente en los medios de comunicación y relacionadas con detenciones, afirman que la ayahuasca es una droga ilegal en CHILE, lo cual, como se detalla y justifica en el presente escrito, es falso. No solo es NO es Ilegal en CHILE, sino en todos los países que se rigen por las Convenciones y acuerdos de la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes (JIFE), salvo legislación específica de algún país. De acuerdo a las indicaciones de la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes (JIFE), la ayahuasca –preparado vegetal de uso milenario entre los pueblos indígenas sudamericanos– ni es, ni debe ser considerada una vía de elaboración de dimetiltriptamina (DMT), substancia que se produce de forma natural en la mayoría de seres vivos, incluyendo los humanos, y cuya elaboración sintética sí está prohibida por la JIFE, según figura en la Lista I de sustancias sicotrópicas sometidas a fiscalización internacional, de conformidad con el Convenio sobre Sustancias Sicotrópicas de 1971, y publicado en la Lista Verde de la JIFE, mayo de 2010. Así pues, según la legislación internacional y a la CHILENA, dado que CHILE se rige por los Convenios internacionales, la ayahuasca no es jurídicamente una droga fiscalizada. ________________________________________________________________________________
1. ¿QUÉ ES LA AYAHUASCA? Ayahuasca es el término más habitual para referirse a una mixtura vegetal de formato líquido, con efectos psicoactivos verificadamente no nocivos ni adictivos, consumida desde hace milenios por parte de numerosas etnias de Sudamérica. Actualmente y desde los años 1990, su uso se está extendiendo en contextos urbanos tanto americanos como europeos y japoneses por sus potenciales propiedades beneficiosas derivadas de las experiencias psicológicas, transpersonales y espirituales que aporta. La mundialización y el desarrollo de las nuevas tecnologías han permitido que se pueda adquirir ayahuasca importándola de los países donde su uso es tradicional, no estando prohibida su adquisición ni su consumo en la mayor parte de países occidentales,. El término ayahuasca proviene de la lengua quechua, etnia que habita desde tiempos inmemoriales la región Andina y el piedemonte amazónico. Ayahuasca viene a significar: ‘liana que lleva al lugar de los muertos’, dado que los quechuas creían –y creen– que cuando se está bajo el efecto de la ayahuasca se pueden tener visiones o una cierta conexión perceptual o espiritual con el mundo habitado por los espíritus de los antepasados, de ahí que su consumo disfrute de un sentido espiritual y curativo. También se usa como medicina tradicional para la educación emocional, la toma de decisiones, la cura de malestares grupales o individuales, etc. La rica lexicografía y la enorme extensión territorial de uso de la ayahuasca, entre otras variables estudiadas por la antropología, indican la gran profundad temporal de su uso en la cuenca amazónica y en el piedemonte andino, antigüedad que probablemente se remonta a unos diez o doce mil años. Así por ejemplo, el mismo preparado vegetal se denomina honi zuma en idioma del pueblo Remo de las riberas del río Rapiche (Perú y Brasil), yagé entre los Quichua septentrionales (Colombia) y yagé es también el término genérico usado en Colombia en lugar de ayahuasca; se denomina honi en idioma de los indígenas Caxinaua (Perú y Brasil); natémª entre los Shuar y Achuara (Ecuador), jurema, chá y daime (Perú y Brasil ), etc. La antropología ha descrito el consumo de ayahuasca como medicina holística tradicional en 76 grupos étnicos actuales distribuidos por Perú, Ecuador, Brasil, Colombia, Bolivia, Argentina, Venezuela, Uruguay, etc. La etnobotánica ha reportado unas cinco mil combinaciones posibles con diferentes plantas cuya adecuada decocción da por resultado una mixtura con similares efectos psicoactivos, mixturas que genéricamente se denominan ‘ayahuasca’. El uso actual de la ayahuasca se ha extendido por Occidente gracias al interés por las medicinas alternativas, los valores étnicos y el chamanismo, y la autoexploración del ser humano, ámbitos todos ellos donde el consumo de ayahuasca es útil para inducir estados emocionales y espirituales de carácter curativo, introspectivo y terapéutico. Por otro lado, no se ha observado que el consumo de ayahuasca siga ningún patrón de consumo compulsivo, ni genere adicción psicológica ni fisiológica, tanto en las culturas de origen como en Occidente, por lo que se puede incontestablemente afirmar que no representa ningún peligro para la salud pública. Actualmente, se dispone de abundante literatura e información científica sobre los efectos de la ayahuasca a corto, medio y largo plazo, investigaciones diversas realizadas por investigadores independientes y en centros oficiales por parte de farmacólogos, psicólogos, bioquímicos y etnopsiquiatras de prestigio internacional tales como el Dr. J. Riba (Fundació de neuropsicología, Hospital de St. Pau), Prof. J.C Bouso, Dr. J. Callaway (Universidad de Kuopio), Dr. C.S. Grob (Dep. of Psychiatry, UCLA, Medical Center, EEUU), Dr. D.C. Mash (University of Miami School of Medicine, Dep. of Neurology), Dr. J.Mª Fericgla (Sd’EA, Fundació JMªF, Barcelona), etc. Para una revisión exhaustiva de las investigaciones científicas ver la recopilación de artículos científicos realizado por J.C. Bouso y disponible en Internet (más información científica, ver web oficial de ICEERS [1]). ________________________________________________________________________________
2. COMPOSICIÓN Y LEGALIDAD El preparado básico de ayahuasca se compone de un mínimo de dos ingredientes vegetales, aunque puede incluir muchas más variedades vegetales para modificar el efecto del preparado básico. Desde el punto de vista farmacológico y bioquímico, uno de los ingredientes vegetales aporta a la mixtura un inhibidor de la monoamino-oxidasa (IMAO), y el otro aporta dimetiltriptamina (DMT), substancia que proporciona parte del efecto psicoactivo de la mixtura. Ninguno de ambos componentes, consumido oralmente por aislado, producen efectos psicoactivos. Generalmente, aunque no exclusivamente, las dos plantas que se mezclan son dos lianas amazónicas: a) la liana popularmente conocida como ‘ayahuasca’, que da nombre al preparado final, botánicamente Banisteriopsis caapi, es la proveedora del IMAO; b) hojas de Psychotria viridis o de la liana Diploterys cabrerana, que aportan la DMT al preparado final. El malentendido legal que actualmente pesa sobre la ayahuasca (ver más adelante los aspectos estrictamente relacionados con jurisprudencia) proviene de las plantas que aportan DMT a la mixtura. La producción y comercio de la substancia psicoactiva químicamente conocida como dimetiltriptamina (DMT), está prohibida por el Convenio sobre Substancias Sicotrópicas de las Naciones Unidas, de 1971, figurando en la Lista Verde de la JIFE con el código PD-004. Pero dado que la DMT es una substancia profusamente extendida en la naturaleza, la JIFE ha fijado la cantidad porcentual de DMT que un preparado debe contener para considerarse prohibido, muy por encima del porcentaje en que aparece en estado natural (para conocer el Funcionamiento del Sistema de Fiscalización Internacional de Drogas, texto oficial de la JIFE en su edición de 2010, ver [2] ). Por ejemplo, el cuerpo humano segrega abundante DMT durante todo el día y la farmacodinamia ha puesto de relieve que es una substancia endógena relacionada con la producción de los reparadores sueños nocturnos. Por otro lado, una de los especimenes vegetales más ricos en producción de DMT es la caña común de río o carrizo, botánicamente Phragmites Australis, por lo que carece de sentido prohibir la producción natural de una substancia que tiene relación con la vida en la Tierra. Por ello, en el informe de la JIFE del 2010 sobre la situación de las drogas en el mundo, en el punto 284 se explicita una serie de plantas y preparados herbales tales como la ayahuasca, la planta de la iboga, el peyote, los hongos psilocíbicos y otros que “no están sometidas a fiscalización en virtud del Convenio de 1971 ni con la Convención de 1988”, y así lo ha repetido la JIFE en un escrito remitido a D. Loenen, Dir. de ICEERS, con fecha del 1 de junio de 2010, firmado por J. Lucas, secretario de la JIFE. Además de las substancias citadas en la Lista I de 1961, hay otra lista anexa, la Lista Verde de la JIFE, publicada en mayo de 2010, que se añade a la anterior de conformidad con el Convenio de Viena de 1971 sobre psicotropos. En la lista de 1971 tampoco aparece la ayahuasca (para consulta de la página oficial, ver [4]). Así pues, en ninguna de las listas de substancias fiscalizadas internacionalmente aparece la ayahuasca, separando clara y legalmente esta mixtura vegetal de la substancia denominada químicamente DMT, que sí está fiscalizada. Por otro lado, el Art. 2 del Convenio de 1971 sobre psicotropos dice: “Salvo indicación expresa en contrario o que el contexto exija otra interpretación, los siguientes términos de este Convenio tendrán el significado que seguidamente se indica: e) Por “sustancia sicotrópica” se entiende cualquier sustancia, natural o sintética, o cualquier material natural de la Lista I, II, III o IV”, y en ninguna de ellas aparece la ayahuasca. Por su lado, y ante diversas consultas que le han sido realizadas, la JIFE ha hecho varias indicaciones expresas numerando las plantas que no están incluidas en las listas del Convenio de 1971 sobre psicotropos prohibidos, y repitiendo que las únicas plantas fiscalizadas son las incluidas en la convención de 1961 sobre estupefaciente: la cannabis, la dormidera y la coca. En el Cap. II, Apartado 6 (“Materiales vegetales que contienen sustancias psicoactivas”), parágrafo 284 y 285, pág. 51 y 52 del Informe anual de la JIFE del año 2010, publicado el 2 de marzo de 2011, se mencionan las plantas que contienen sustancias psicoactivas de uso tradicional pero que no afectan la salud pública y no están fiscalizadas. Textualmente la JIFE dice: “284. (…). De conformidad con la Convención de 1961 y de esa Convención enmendada por Protocolo de 1972, las plantas que son fuente de estupefacientes, como la cannabis, la adormidera y el arbusto de coca, están sometidas a medidas de fiscalización específicas. En cambio, aunque algunos ingredientes activos con efectos estimulantes o alucinógenos contenidos en ciertas plantas están sometidas a fiscalización en virtud del Convenio de 1971, actualmente no hay ninguna planta fiscalizada de conformidad con ese Convenio ni con la Convención de 1988. Tampoco los preparados (por ejemplo, las decocciones de consumo oral) elaborados a partir de plantas que contienen esos ingredientes activos son objeto de fiscalización internacional. 285. Algunos ejemplos de estas plantas o materiales vegetales son (…) la ayahuasca, un preparado de plantas originarias de la cuenca del Amazonas, principalmente la Banisteriopsis caapi (una enredadera de la selva) y otra planta rica en triptamina (Psycotria viridis) que contienen varios alcaloides psicoactivos como la DMT; el peyote…” En consecuencia, e insistiendo en los argumentos legales, la JIFE afirma específicamente que las plantas con DMT, como la la ayahuasca, no están prohibidas en los Convenios internacionales, no están incluidas en las listas anexas de los Convenios citados. Por tanto, y no habiendo una legislación específica en el ordenamiento chileno, la ayahuasca no es un psicotropo prohibido en CHILE. Por mencionar algunos precedentes que tal vez podrían sentar jurisprudencia: 1) la Audiencia Provincial, Sección Treinta, de Madrid, Juzgado de Instrucción Nº 4 de Majadahonda, con fecha del 5 de mayo de 2011, comunica la sentencia Nº 70/2011 en la que absuelve a Alberto J. Varela de la acusación de atentar contra la salud pública por habérsele incautado una importante cantidad de ayahuasca, yagé en terminología usada en este caso. 2) El juzgado de Instrucción Nº 27 de Barcelona, en funciones de guardia, dictó un Auto con fecha del 18 de enero de 2012, Diligencias de guardia 13323, dejando sin efecto la detención de Fernando Latorre Vázquez acusado de un presunto delito contra la Salud pública y Contrabando, al ser seguido y detenido por la policía cuando recogía unas botellas de ayahuasca provinentes de Sudamérica. 3) Un primer ejemplo fue la sentencia dictada en el cambio de milenio por el Tribunal Central de Instrucción Nº 3 de Madrid, firmada por Dª Mª Teresa Palacios el 20 de octubre de 2000, en que tras revisar los peritajes encargados a la Agencia Española del Medicamento, Minist. de Sanidad y Consumo, y al Instituto Nacional de Toxicología, archivó las actuaciones contra los imputados brasileños como presuntos traficantes de drogas por haber sido detenidos entrando en España varios litros de ayahuasca con un fin religioso, ya que eran miembros de la nueva iglesia del Santo Daime, de origen brasileño y registrada oficialmente en España. 4) Un último caso, por ser el mas reciente y a pesar de tratarse de un juicio realizado en Chile, país que no cuenta con tradición de consumo de ayahuasca entre sus tradiciones indígenas y que es conocido por su postura fuertemente prohibicionista en cuanto a legislación de psicotropos. El Poder Judicial 4°, Tribunal de juicio oral en lo Penal de Santiago de Chile, en el ACTA DE DELIBERACIÓN- RIT 229-2011 firmada el 20-III-2012 en Santiago de Chile, sostuvo que las dosis de ayahuasca que son comúnmente proporcionadas, y según los peritos consultados, la DMT está presente sólo un 0,05% de la ayahuasca, porcentaje que, por otro lado, tan solo en un 15 o 20% pasa a la circulación sanguínea sistémica, expresando el mencionado Tribunal, que la dosis habitual ayahuasca no es lo mismo que la DMT, sustancia presente en el cuerpo humano y en otros mamíferos. Por ello, se quitaron todas las medidas cautelares interpuestas contra de los acusados a los que absolvieron (magistrado Sra. Geni Morales Espinoza y sentencia comunicada el 28 de marzo de 2012 / RIT N° 229 – 2011 RUC N° 0900858790-3). ________________________________________________________________________________
3. SOBRE LA DMT Y LA AYAHUASCA La triptamina conocida como DMT, consumida por vía oral no es activa, se degradada por la MAO del tracto gastrointestinal. De ahí el incalculable valor cultural que supone la elaboración de la ayahuasca por parte indígenas andinos y amazónicos: sin disponer de los sofisticados conocimientos actuales de farmacología, hace entre cien y ciento veinte siglos desarrollaron un fármaco único que facilita el acceso de la DMT al cerebro, impidiendo su degradación sistémica. No fue hasta los años 50 del siglo XX, que la ciencia occidental descubrió este mecanismo de acción de la ayahuasca. La ayahuasca se utiliza tradicionalmente como medicina psicosomática y la cantidad de DMT que contiene cada dosis de varía de una mixtura a otra, pero extrañamente sobrepasa los 25mg de DMT por dosis (=0’53mg x 1ml, concentración hallada en la ayahuasca usada para investigar su farmacología, estudios oficiales realizados en España, en el Hospital Sant Pau, Barcelona). Insistimos que existe una clara confusión legal sobre la composición de la ayahuasca, confusión que está en la base de las actuales detenciones policiales por presunto tráfico de una substancia que se supone prohibida, aunque no lo está. Por otro lado, cabe añadir que cada uno de los grupos étnicos que la preparan y consumen tradicionalmente, e incluso cada familia, tiene su receta particular para elaborar ayahuasca, añadiendo plantas que varían ligeramente los efectos y la proporción de DMT que puede aumentar ligeramente la proprción estándard mencionada. La mejor forma de explicar resumidamente el efecto de la ayahuasca, es explicando que la DMT (dimetiltriptamina), la potente substancia que contiene y a la que se deben sus efectos psicoactivos, es también una substancia que segrega nuestro propio cuerpo y que es la responsable de los sueños nocturnos. De ahí que los efectos de la ayahuasca son como soñar pero con plena consciencia del contenido de las imágenes y de los contenidos emocionales que tiñen el sueño. A ello, y a la relativamente corta duración de sus efectos ¾entre 1 y 2 horas¾ se debe el gran potencial que tiene en psicoterapia. ________________________________________________________________________________
4. HISTORIA Como se ha dicho ya, la ayahuasca se consume desde hace unos 10.000 años en toda la cuenca amazónica por parte de millones de personas. En la actualidad siguen tomando esta mixtura psicoactiva un mínimo de 76 etnias indígenas de la Alta y la Baja Amazonía y de las altas cuencas andinas. Desde la década de los años 1970, la ayahuasca se está usando también en tratamientos vanguardistas de toxicomanías y comportamientos compulsivos con un éxito terapéutico notable (véase: clínica Takiwasi, en Perú; IDEAA, Instituto de Etnopsicología Amazónica Aplicada, hispano-brasileño, etc). PERU incluso ha declarado la ayahuasca Patrimonio inmaterial Nacional, como es el caso de Perú (ver, Diario Oficial “EL PERUANO”, del 12 de julio de 2008, Año XXV, núm. 10292, Resolución: R.D. Nº 836/INC. del Instituto Nacional de Cultura). También los gobiernos de Brasil, Ecuador y Bolivia están realizando trámites para realizar declaraciones similares. ________________________________________________________________________________
5. USO Y CONSUMO DE LA AYAHUASCA Funciones del consumo La ayahuasca forma parte de los ritos sagrados de los pueblos indígenas amazónicos y andinos. Milenariamente se consume para tomar decisiones, para curar y curarse, para resolver conflictos intrafamiliares e intratribales, etc. No se puede explicar la cultura ni la vida de estos pueblos sin tener presente el efecto de la ayahuasca en sus vidas. Ubicación geosocial Los estudios paleobotánicos no han podido ubicar el origen geográfico de las plantas que componen la ayahuasca y, justamente por ello, se infiere que desde épocas prehistóricas han sido plantas transportadas y manipuladas por los seres humanos habitantes de la cuenca amazónica. Esto, más la multitud de nombres vernáculos que tiene la mixtura, da una idea de la profundidad cultural e histórica de su uso. Usos no tradicionales Rituales (religiosos, sincretismos) Desde la década de 1930, además del consumo chamánico indígena, cabe mencionar el uso que dan a la ayahuasca los importantes sincretismos religiosos que han nacido en Brasil. El primero de ellos fue fundado por Raimundo Irineu Serra. Durante su estancia en el interior de la selva sirviendo al ejército brasileño, R.I. Serra aprendió el uso de la ayahuasca de los propios indígenas. Al regresar al mundo civilizado creó una nueva forma ritual de ingerir y aprovechar los efectos de este psicotropo y fundó la religión denominada del Santo Daime. El Santo Daime es un típico e interesante sincretismo religioso salido del cruce entre la religión cristiana y las prácticas de curación y de chamanismo de los indígenas amazónicos. Los seguidores de esta religión, hoy más de 20.000, consumen el psicotropo sagrado y cantan sus himnos religiosos a la vez que experimentan el estado místico y estructurador en que los sumerge la mixtura. Terapéuticos A partir del conocimiento de los efectos de la ayahuasca por parte de los científicos, en la década de los años 1950, se ha incrementado el interés por estudiar dicha mixtura, por desentrañar su forma de actuar en el cuerpo y en la mente, y por buscar aplicaciones en psicoterapia y en otros campos del quehacer humano. En este sentido, a partir de los trabajos realizados en Brasil por equipos de investigadores norteamericanos (en especial el equipo dirigido por el psiquiatra Dr. Ch. Grob, de la Universidad de Los Angeles, EEUU, en el año 1995, y por el equipo del farmacólogo Dr. J. Callaway, de la Universidad de Kuopio, Finlandia); a partir también de los trabajos realizados por quien suscribe y su equipo de colaboradores en Ecuador entre los años 1992 y 1997; y a partir de las investigaciones realizadas en Perú por parte del médico francés Dr. J. Mabitt, quien ha fundado el centro Takiwasi, en Tarapoto, para atender a toxicómanos con tratamientos en base al efecto de la ayahuasca; a partir de todo ello, pues, se puede afirmar que, a pesar de no haber aun resultados estadísticos definitivos, la psicoterapia usando la ayahuasca como medio para romper las resistencias de los pacientes tiene efectos que observan altamente beneficiosos. Investigaciones científicas actuales Las primeras noticias en nuestras sociedades de la existencia de esta mixtura vegetal, la ayahuasca, provienen de los estudios que realizó el etnobotánico Spruce en las cuencas de la Alta Amazonia, en la primera mitad del siglo XIX. Más adelante ha sido objeto de múltiples estudios por parte de antropólogos, botánicos, farmacólogos, médicos y bioquímicos. En los EE.UU. se acaba de realizar un importante congreso científico, promovido por el psicólogo Dr. R. Metzner, exclusivamente dedicado a tratar la ayahuasca. Entre otros conocidos investigadores, han asistido a este evento el Dr. J. Callaway, Dr. R. Yensen, Dr. D. McKenna, etc. Los resultados del congreso se han recogido en el libro Ayahuasca (Thunder’s Mouth Press, Nueva York, sin traducción al castellano). En la actualidad se está realizando un importante investigación de farmacodinamia de la ayahuasca en la Fundación de Neuropsicología del Hospital de Sant Pau, en Barcelona. Los resultados provisionales que está arrojando esta investigación ponen de relieve, entre otras cosas, la nula hepato-toxicidad de esta mixtura vegetal, último punto que era necesario aclarar sobre el efecto fisiológico de la ayahuasca sobre el cuerpo humano. ________________________________________________________________________________
6. CONCLUSIÓN Los resultados más importantes que han salido de diversos estudios científicos se pueden sintetizar en estos epígrafes: - en términos psicológicos, la ayahuasca abre cierto contenido del inconsciente humano, de ahí las visiones de carácter onírico que aparecen a menudo cuando se está bajo su efecto, que suele durar entre 1 y 2 horas. - la capacidad que tiene la ayahuasca de abrir el inconsciente la convierte en una substancia de gran potencial en psicoterapia a que activa la zona cerebral del Cingulado Anterior, zona donde se almacenan los recuerdos antiguos del sujeto. De hecho, ya se han realizado diversos estudios aplicados sobre ello, usando ayahuasca para tratar toxicómanos y bipolares bajo un protocolo similar al psicoanálisis. - dado que al abrir el inconsciente se producen vivencias agradables pero también otras más difíciles de soportar (se pueden liberar recuerdos traumáticos) es totalmente improbable el uso lúdico o compulsivo de este psicotropo. - tras miles de años de su consumo en la Amazonia no existe ni un solo dato de uso indebido, de intoxicaciones o de accidentes a consecuencia de ello. Sin conflicto con las Leyes vigentes Aunque el comercio de DMT fue prohibido por Convenio de Viena de 21-2-1971, al incluirlo en la Lista I, y ratificado por España en Instrucción de 2-2-1976 (RCL 1976\1747 y 1943), no solo no está fiscalizada la ayahuasca, a pesar de con-tener cierta cantidad de DMT, sino que se explicita la no prohibición de la mixtura vegetal en los Convenios Internacionales mencionados. Por otro lado, no hay ningún motivo objetivo que apoye tal presunta legisla-ción prohibicionista. No han habido casos de abuso ni de adicción a esta substan-cia, no es tóxica, no genera dependencia (más bien al contrario, se ha verificado su uso como excelente remedio para tratar otras dependencias) y no hay un solo caso de delincuencia asociada al consumo de ayahuasca. En caso de necesitar más información sobre este tema puede ponerse en contacto con el autor del peritaje, Dr. Josep Mª Fericgla c/e: fericgla@etnopsico.org